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PERÚ: Fecha límite para presentación de la declaración – autoliquidación y pago de la contribución anual por el ejercicio 2019

Mediante RESOLUCION DE  SUPERINTENDENTE N° 038-2020-SMV/02, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de abril del 2020, se establecen fecha límite para Presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la contribución anual por el ejercicio gravable 2019 (FORMATO AP-1).

¿CUÁL ES LA FECHA DETERMINADA PARA DECLARACIÓN Y PAGO DE CONTRIBUCIÓN ANUAL DEL EJERCICIO GRAVABLE 2019?

  • Se establece el 30 de junio de 2020, como fecha límite para la presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019 (Formato AP-1), por parte de los contribuyentes comprendidos en el literal e) del artículo 18 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (bolsas de valores, instituciones de compensación y liquidación de valores, empresas clasificadoras de riesgo y otros).
  • Las demás obligaciones y procedimientos relacionados con la determinación y pago de las contribuciones reguladas en la normativa se mantienen vigentes.
  • Para efectos de la presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019 cuando en el Formato AP-1, se señala “30 de abril”, debe entenderse que es “30 de junio de 2020”.
  • Establecer que para el pago a cuenta mensual de los contribuyentes en la norma citada, correspondiente a los meses de abril y mayo del presente año, deberá utilizarse la información financiera anual auditada del año 2018 presentada a la SMV, cuando al cierre de cada uno de los meses señalados, no se cuente con dicha información del año 2019 presentada a la SMV.

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGENCIA?

La presente resolución entrará en vigencia el día 27 de abril de 2020.

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