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AISLAMIENTO SOCIAL EN PROVINCIAS DE CUSCO Y CAJAMARCA

Con fecha 25 de julio del 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 129-2020-PCM, mediante la cual, se realizan modificaciones a la norma que establece medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19.

CUARENTENA FOCALIZADA

Se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en los departamentos de:

  • Arequipa
  • Ica
  • Junín
  • Huánuco
  • San Martín
  • Madre de Dios
  • Áncash
  • Jaén y San Ignacio del departamento de Cajamarca
  • Provincia de La Convención del departamento de Cusco

Solamente está permitido el desplazamiento de las personas para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la fecha.

INMOVILIZACIÓN SOCIAL OBLIGATORIA

Se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional.

Departamentos exceptuados: Se encuentran exceptuados los departamentos mencionados en el acápite anterior, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día.

ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 26 de julio del 2020.

Fuente: El Peruano 

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