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ADOPTAN GUÍA PARA APLICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE SUSTANCIA A EMPRESAS
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18 SeptiembreNoticiasPanamá

ADOPTAN GUÍA PARA APLICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE SUSTANCIA A EMPRESAS

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Con fecha 17 de setiembre del 2020, se publica en la Gaceta Oficial Digital la Resolución N° 023-2020, por medio del cual se adopta la Guía para la Aplicación de los Requerimientos de Sustancia establecidos en la Ley 41 del 24 de agosto del 2007 y en el Decreto Ejecutivo N° 28, conforme lo siguiente:

1. FINALIDAD DE LA GUÍA Y AUTORIDAD COMPETENTE

Con la Guía se pretende ofrecer a las Empresas que ejecutan la o las actividades principales previstas en la Ley 41, información de referencia o de guía para la aplicación de los Requerimientos de Sustancia.

La autoridad competente es la Secretaría Técnica de la Comisión de Sedes de Empresas Multinacionales, entidad que supervisa, evalúa y determina que las empresas con Licencia de Sede de Empresa Multinacional cumplen o no con los requerimientos de sustancia.

2. ¿CUÁLES SON LOS REQUERIMIENTOS DE SUSTANCIA?

La Ley 41 establece el beneficio de la tarifa reducida del 5% del impuesto sobre la renta por la ejecución de las actividades principales que se realicen en Panamá, en términos de contar con una adecuada cantidad de empleados calificados a tiempo completo y con una adecuada cantidad de gastos operativos, directamente relacionado a la Actividad Principal.

La Actividad Principal son actividades directamente asociadas con la creación de valor, cuya ejecución se hace necesaria para la prestación del servicios u operación generadora de los ingresos, y que debe ser ejecutadas por las empresas en Panamá.

3. ¿CUÁLES SON LAS ACTIVIDADES SECUNDARIAS?

Son operaciones que se ejecuten en conexión con la Actividad Principal, pero que no son esenciales para la generación de los ingresos susceptibles a acogerse al beneficio fiscal al impuesto sobre la renta contemplado en el artículo 21 de la Ley 41.

También son aquellas que se realizan de forma complementaria o auxiliar en conexión con la Actividad Principal, sin ser la actividad de importancia central.

En los casos que las Empresas ejecuten operaciones de tercerización, debe distinguirse entre aquellas actividades que constituyen o hacen parte de la Actividad Principal y aquellas que no lo son.

4. PARÁMETROS DE CUMPLIMIENTO CON LOS REQUERIMIENTOS DE SUSTANCIA

Para el beneficio de tarifa reducida del 5% del Impuesto sobre la renta, se requiere lo siguiente:

  • Que se haya ejecutado la actividad principal en Panamá.
  • Que se hayan mantenido una cantidad adecuada de empleados calificados a tiempo completo
  • Que se hayan incurrido en un monto adecuado de gastos operacionales en Panamá relacionados con las actividades principales.

5. CUMPLIMIENTO DE LOS REGISTROS

Las empresas que ejecutan la actividad principal deben mantener registros apropiados para demostrar el nivel adecuado de personal calificado a tiempo completo y de gastos operacionales relacionados con actividades principales.

La Empresa debe mantener registros verificables que evidencien el implemento de procedimientos, medios o instrumentos eficientes y suficientes para mantener la debida supervisión y control de actividades tercerizadas.

6. TRANSITORIEDAD

Las Empresas que ejecuten la o las actividades principales que se hayan inscrito en el Registro de Empresas con Licencia de Sedes de Empresas Multinacionales antes del 17 de octubre de 2017, deberán someterse a la verificación institucional para corroborar el cumplimiento de los requerimientos de sustancia a partir del 1 de julio del 2021.

Mientras que las que se hayan inscrito a partir del 17 de octubre del 2017, están sujetas a la verificación institucional para corroborar el cumplimiento de los Requerimientos de Sustancia desde el periodo fiscal 2019.

7. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 18 de septiembre del 2020.

Fuente: La Gaceta

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