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Reanudación de plazos procesales suspendidos

Mediante el Acuerdo General N.° 14 de 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece la reanudación de los plazos procesales suspendidos.

Mediante el Acuerdo General N.° 14 de 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece la reanudación de los plazos procesales suspendidos.

¿A partir de cuándo se reanudarán los plazos?

De acuerdo a lo señalado por la Suprema Corte, se reanudarán los plazos a partir del 3 de agosto de 2020.

Términos de reanudación

Se debe tener en consideración los siguientes aspectos sobre la presente reanudación:

  • A partir del 3.08.2020,se levanta la suspensión de plazos en los asuntos de la competencia de este Alto Tribunal, sin menoscabo de aquéllos que hayan iniciado o reanudado en términos de lo previsto en los puntos Tercero de los Acuerdos Generales 10/2020 y 12/2020, así como Cuarto del diverso 13/2020.  En este sentido, lo anterior implica la reanudación de los plazos en el punto en que quedaron pausados y no su reinicio.
  • En los asuntos de la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá promoverse por vía electrónica mediante el uso de la FIREL o de la e.firma.
  • Las personas deben tener en cuenta que las demandas y promociones podrán presentarse, incluso en días inhábiles, por vía electrónica en el Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
    Asimismo, se privilegiará la celebración a distancia de las audiencias correspondientes a los asuntos de la Competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • También, cabe resaltar que las notificaciones realizadas por lista o por rotulón electrónicos visibles en el Portal de Internet de este Alto Tribunal, tendrán los mismos efectos  que las llevadas a cabo mediante la publicación en los estrados de las listas y de los rotulones impresos.
  • Por último, las situaciones no previstas en el presente Acuerdo General serán resueltas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Vigencia

El presente Acuerdo General surtirá efecto a partir del 30 de julio de 2020.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

 

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