Logo TPC Group
  • Español
  • Português
  • English

SE MODIFICA LA R° 975 DE ABRIL DE 2020, QUE REGULA LAS TRMPIS

Con fecha 18 de mayo del 2020, se publica en el Diario Oficial de la República de Colombia, la Resolución No 1117 de 2020, mediante el cual se modifica el Artículo 1 de la Resolución No 975, el cual básicamente dispone lo siguiente:

MONTO DE LOS RECURSOS A TRANSFERIR

Se entregará a las personas beneficiarias del Programa de Ingreso Solidario 2 transferencias monetarias no condicionadas:

  • La primera por el valor de $160.000 pesos a partir del mes de abril del 2020.
  • La segunda por el valor de $160.000 pesos a partir del mes de mayo del 2020 y en un plazo máximo de 2 meses a partir de la fecha de la primera transferencia.

Se tomará como única fuente cierta la información de las personas beneficiarias del Programa de Ingreso Solidario, aquella que expida el Departamento Nacional de Planeación.

MECANISMO DE TRANSFERENCIA

La población beneficiaria se dividirá en dos grupos:

  • Población incluida financieramente, son los beneficiarios que tengan algún producto financiero de depósito activo con una entidad financiera. Las entidades financieras recibirán el listado de los beneficiarios del Programa.
  • Población no incluida financieramente, son los beneficiarios que no tengan productos financieros de depósito activo con una entidad financiera. El Ministerio de Hacienda definirá los productos financieros y las entidades por la cual los beneficiarios recibirán las transferencias monetarias.

VIGENCIA

La presente norma rige a partir del 18 de mayo del 2020.

Noticias Relacionadas

Colombia: Fiscalización de Precios de Transferencia

En los últimos años, la fiscalización en materia de Precios de Transferencia en Colombia ha experimentado una evolución significativa, pasando de enfocarse principalmente en aspectos formales a indagar más a fondo en las operaciones realizadas por los contribuyentes.

LEER NOTICIA »