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Modifican el Formato de Declaración Jurada 1887 Sobre Remuneraciones

Mediante la Resolución N° 153 de 2020, publicada el 11 de diciembre, el Servicio de Impuestos Internos modificó el formato del Formulario de Declaración Jurada N° 1887, contenido en el Anexo ° 43 de la resolución Exenta SII N° 106, de 2013, y las instrucciones de llenado de dicho formulario.

Instrucciones para la Declaración Jurada N° 1887

La normativa establece que la DJ deberá ser presentada por las personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial, que hayan pagado rentas del artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), esto es, sueldos, sobresueldos, salarios, dietas y cualesquiera otras rentas similares (excluidas las pensiones, jubilaciones o montepíos, que se informan mediante el Formulario Declaración Jurada N° 1812). Se deberá registrar, además (sólo como un dato anexo), la información a que se refieren las columnas relativas a las rentas exentas, no gravadas y rebajas por zonas extremas (franquicia establecida en el artículo 13 del D.L. N° 889)
pagadas en cada año calendario.

Asimismo, se excluyen de la obligación de presentar esta declaración jurada las personas que utilicen servicios de casas particulares, como empleadas domésticas o asesoras del hogar, jardineros, etc., que tengan la calidad de trabajadores dependientes, y las personas que efectúen su propia retención de impuesto conforme se instruye en la Circular N° 32 del año 2000, entre las cuales se encuentran los trabajadores chilenos de embajadas extranjeras radicadas en Chile.

Fuente: Servicio de Impuestos Internos 11/12/20

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