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Prórroga para el cumplimiento de Obligaciones Tributarias

Mediante la Resolución Normativa de Directorio N.° 102000000018, el Servicio de Impuestos Nacionales ha establecido prorrogar el plazo para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

PRÓRROGAS ESTABLECIDAS

Obligación Tributaria Nueva fecha de Vencimiento
  El Pago de cuotas de planes de facilidades de pago, que fenecerán en fecha 31 de julio de 2020 y el vencimiento para el pago de cuotas de planes de facilidades de pago prorrogadas por la RND No. 102000000010. Hasta el 31 de Agosto de 2020, inclusive.
  La presentación física y digital de:   Estados Financieros,Memoria Anual,Información Tributaria Complementaria,Declaración Jurada del IUE (F-500) y Estudio de Precios de Transferencia (F-605 y F-601, según corresponda),   que requieran ser presentados por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, con cierre de actividades al 31 de marzo de 2020 Hasta el 30 de octubre de 2020, inclusive.

SOBRE EL PLAN DE FACILIDAD DE PAGO

Es importante tener  en cuenta, que a partir del mes de agosto de 2020 se reinicia el pago mensual de las cuotas prorrogadas, comenzando por la cuota prorrogada más antigua hasta la conclusión progresiva y mensual del Plan de Facilidad de Pago, no correspondiendo la acumulación de cuotas en un solo mes.

En el caso de las facilidades de pago con la modalidad a primer requerimiento, el sujeto pasivo o tercero responsable deberá renovar o presentar nueva garantía, considerando los 90 días corridos posteriores al vencimiento de la última cuota de la Facilidad de Pago solicitada.

VIGENCIA

La presente resolución surte efecto a partir del 29 de julio de 2020.

Fuente: Impuestos Bolivia

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