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POSTERGACIÓN DE PAGO DE CONTRIBUCIONES PATRONALES AL SIPA

Con fecha 9 de noviembre del 2020, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General 4854/2020 por el cual se reduce y posterga el pago de período devengado octubre de 2020 de las contribuciones patronales con destino al SIPA, y se prorroga el vencimiento general período octubre 2020.

1. POSIBILIDAD DE REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES AL SIPA

Los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondientes al período devengado octubre de 2020, que cumplan con los parámetros de facturación y que tengan como actividad principal declarada según el “Clasificador de Actividades Económicas” (Formulario Nº 883), alguna de las actividades afectadas en forma crítica, serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Dicha caracterización podrá ser consultada accediendo al servicio con clave fiscal denominado “Sistema Registral”, opción consulta/datos registrales/caracterizaciones.

2. POSTERGACIÓN DE VENCIMIENTO DE PAGO DE CONTRIBUCIONES PATRONALES AL SIPA

Los sujetos cuya actividad principal sean catalogadas como no críticas o pertenecientes al sector salud, que cumplan con los parámetros de facturación y siempre que hayan cumplido con las obligaciones previstas en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.693, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado octubre de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUIT

FECHA
0, 1, 2 y 3

13/01/2021

4, 5 y 6

14/01/2021
7, 8 y 9

15/01/2021

3. ACCESO AL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO

Los empleadores alcanzados por el beneficio de postergación de pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA del período devengado octubre de 2020, podrán acceder, para la cancelación de dichas obligaciones, al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4.734, desde el 1° de enero de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2021.

4. PRÓRROGA VENCIMIENTO GENERAL PERÍODO OCTUBRE 2020

Para una adecuada instrumentación de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, se prorroga el vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado octubre de 2020, conforme el siguiente cronograma:

TERMINACIÓN CUIT

FECHA
0, 1, 2 y 3

12/11/2020

4, 5 y 6

13/11/2020
7, 8 y 9

16/11/2020

5. ENTRADA EN VIGENCIA

La norma rige desde el 9 de noviembre del 2020.

Fuente: Boletín Oficial 09/11/20

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