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PLAZO ESPECIAL PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

Mediante la Resolución General N° 4791/2020, publicada el 10 de agosto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el plazo para considerar cumplidas las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes personales, cuyo vencimiento se configuró el 10 y 11 de agosto.

Esta medida se realizó con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones para los contribuyentes. De esta manera, se extendió hasta el 12 de agosto, el plazo respectivo para el cumplimiento oportuno de las presentaciones.

La normativa abarca la presentación de las Declaraciones Juradas que se determinan por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, que sea del período devengado julio de 2020.

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