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Plazo especial en relación al Impuesto a las Ganancias

Con fecha 8 de junio del 2021, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General N° 5006/2021, por la cual se fija un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y pago del saldo resultante, en relación al Impuesto a las Ganancias, conforme lo siguiente:

1. Plazos para Presentación de Declaraciones Juradas de Impuestos a las Ganancias

Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operen durante el mes de junio de 2021, podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:

Terminación CUITFecha de presentaciónFecha de pago
0, 1, 2 y 323/07/2021, inclusive26/07/2021, inclusive
4, 5 y 626/07/2021, inclusive27/07/2021, inclusive
7, 8 y 927/07/2021, inclusive28/07/2021, inclusive

2. Impuesto Cedular y el Pago de Saldo Resultante

Los sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468 y sus complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y el pago del saldo resultante, correspondientes al período fiscal 2020, hasta las siguientes fechas, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

Terminación CUITFecha de presentaciónFecha de pago
0, 1, 2 y 323/07/2021, inclusive26/07/2021, inclusive
4, 5 y 626/07/2021, inclusive27/07/2021, inclusive
7, 8 y 927/07/2021, inclusive28/07/2021, inclusive

3. Entrada en Vigencia

La norma rige desde el 8 de junio del 2021.

No obstante, las aplicaciones “web” correspondientes se encontrarán disponibles en el sitio “web” de la AFIP conforme se indica a continuación:

  1. Bienes Personales: desde el 8 de junio del 2021.
  2. Ganancias Personas Humanas e Impuesto Cedular: desde el 18 de junio de 2021.
Fuente: Boletín Oficial 08/06/21

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