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ESTABLECEN PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA

Mediante la Resolución N° 4810/2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció el uso de los medios digitales para la inscripción de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y realizar cualquier tipo de modificación a la misma.

COYUNTURA COVID-19

Debido al establecimiento del “Aislamiento social, preventivo obligatorio” mediante los Decretos de necesidad y urgencia N° 297, surgió la necesidad de implementar un sistema en el cual los representantes legales de las personas jurídicas puedan obtener su Clave Única de Identificación Tributaria o realizar alguna modificación que consideren pertinente. Por lo que la aplicación de estos medios será solo válida para aquellos sujetos cuya jurisdicción se encuentre dentro de las áreas

FORMALIDADES

La documentación a presentar deberá encontrarse en archivos digitales, legibles y estar suscripta por el representante legal de la empresa que solicita la obtención. Dichos documentos tendrán que estar legalizados por un notario público o por el organismo de contralor competente. El medio de manifestación de voluntad deberá ser la utilización de la firma digital. Cabe resaltar que adicional a la obtención del CUIT, también se podrá realizar por este medio toda solicitud de modificación de datos que deba efectuarse en forma presencial en alguna dependencia de los organismos respectivos.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina

 

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