Con fecha 30 de setiembre del 2020, se publica en el Boletín Oficial de Argentina, la Resolución General 4825/2020, por la cual modifican plazos de las medidas respecto de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, tendientes a amortiguar el impacto negativo de la pandemia coronavirus (COVID-19).
1. EXTENSIÓN DE PLAZOS DE SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTO DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Se ha dispuesto con extender hasta el 1° de octubre de 2020, la suspensión del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309.
2. EXTENSIÓN DE PLAZO BAJA AUTOMÁTICA
Cabe recordar que, se suspendió la consideración de los períodos marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, establecido en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y su modificatorio.
Con la presente norma, se ha dispuesto con extender la suspensión respecto de la consideración del mes de septiembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática.
3. ENTRADA EN VIGENCIA
La norma rige desde el 30 de setiembre del 2020.
Fuente: Boletín Oficial