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DICTAMEN PROFESIONAL DE PRE CALIFICACIÓN PARA SOCIEDADES POR AS

Mediante la Resolución General N° 43/2020, publicada el 26 de octubre, la Inspección General de Justicia estableció el trámite de registro de sociedades por acciones simplificadas, para ello deberán presentar un dictamen profesional precalificado conforme los parámetros establecidos en la Resolución General N° 7/2015. Asimismo, será la Inspección General de Justicia aquella institución encargada de fiscalizar del proceso respectivo.

1. SANCIONES

La normativa establece que en caso exista algún tipo de incumplimiento por parte de las instituciones ya registradas o en trámite serán susceptibles a la aplicación de las multas establecidas en el artículo 302 inciso 3° de la ley N° 19.550.

2. CONTROL

La SAS deberá llevar los archivos digitales individualizados a través de los criptogramas, ordenados cronológicamente, en carpetas por cada registro digital, con el correspondiente recibo de encriptamiento, los que deberán ser alojados en la sede social. Asimismo, se deberán guardar dos copias de cada archivo digital en dos localizaciones diferentes a la antes mencionada, una de las cuales deberá ser virtual. Las Sociedades por acciones simplificadas deberán informar la localización de dichas copias al momento de realizar la primera anotación en el registro digital correspondiente y en caso de modificar cualquiera de las localizaciones deberá actualizar dicha información en el registro siguiente que inmediatamente realice.

Fuente: Boletín Oficial

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