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ARGENTINA: ESPECIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BANCARIAS SOBRE EL CRÉDITO A TASA CERO

ANTECEDENTES NORMATIVOS

  • Que, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N°332 del 1 de abril del 2020, se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, disponiendo distintos beneficios destinados a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, entre ellos, un “Crédito a Tasa Cero” para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos, con un subsidio del cien por ciento (100%) del costo financiero total.
  • Mediante Resolución General N.º 4.707 se creó el servicio “web” denominado “Crédito Tasa Cero” y se establece que la entidad bancaria realizará el pago del “Volante Electrónico de Pago” (en adelante VEP) correspondiente a las obligaciones de los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y los aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.

PRECISIONES RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE LAS ENTIDADES BANCARIAS

Se pone a disposición de las entidades bancarias otorgantes del “crédito a tasa cero”, en cada uno de los desembolsos, la información relativa a los Volantes Electrónicos de Pago en Consolidados.

Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate:

  • Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): períodos fiscales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020.
  • Régimen de Trabajadores Autónomos: períodos devengados correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020.
  • ACCESO AL CCMA

El CCMA es la Cuenta Corriente de Monotributistas y autónomos en la cual se puede verificar la correcta imputación de los periodos fiscales cancelados, por lo cual los trabajadores autónomos y los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado) podrán acceder con clave fiscal a este portal para corroborar la información consignada.

VIGENCIA

Entra en vigor a partir del 12 de mayo del 2020 y será de aplicación respecto de los créditos otorgados desde la implementación del beneficio de “Crédito a Tasa Cero”.

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