Con fecha 29 de julio del 2020, se publica en el Boletín Oficial de la República de Argentina, la Resolución General 4779/20202, mediante la cual se establece el acceso al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, conforme a lo siguiente:
ANTECEDENTE NORMATIVO
Que a efectos de atenuar el impacto negativo de la disminución de la actividad productiva como consecuencia de las medidas de “aislamiento” y “distanciamiento”, se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, estableciendo distintos beneficios:
– Asignación del Salario Complementario para los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
– La postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA.
– Un crédito a tasa subsidiada para empresas.
ACCESO AL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN – ATP
Los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General Nº 4.693, es decir los empleadores, podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 29 de julio de 2020 hasta el 4 de agosto de 2020, a los efectos de obtener los beneficios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al SIPA que se devenguen durante el mes de julio de 2020, y el beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas.
ENTRADA EN VIGENCIA
La norma rige desde el 28 de julio del 2020.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina