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Próximo Vencimiento de Reporte Maestro en Perú

Próximo Vencimiento de Reporte Maestro en Perú

Como se sabe, a partir del ejercicio 2016 las declaraciones de precios de transferencia se modificaron en el Perú, por lo cual actualmente existen tres niveles de declaración en dicha materia, tales como el Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País.

Siendo estas dos últimas declaraciones exigibles a partir del ejercicio 2017.

Obligación de declarar el Reporte Maestro en el Perú

Según el Decreto Legislativo Nº 1312 y la Resolución de Superintendencia N° 163-2018/SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria), los contribuyentes que formen parte de un grupo económico deberán presentar la declaración jurada informativa Reporte Maestro si cumplen con las siguientes condiciones:

  • Los ingresos devengados del ejercicio gravable hayan superado las 20,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (S/ 86,000,000 para el ejercicio 2020), y
  • Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, por un monto igual o mayor a 400 UIT (S/ 1,720,000 para el ejercicio 2020).

Cabe considerar que la norma señala que se define como “grupo” al conjunto de personas, empresas o entidades vinculadas, de acuerdo con lo señalado en el numeral 1 del inciso a) del artículo 116 del reglamento”.

Contenido del Reporte Maestro

Siguiendo lo señalado en el Anexo I de la Resolución de Superintendencia N° 163-2018/SUNAT, el Reporte Maestro deberá contener información de la estructura organizacional del grupo, la descripción del negocio o negocios de los integrantes del grupo, las políticas del grupo económico en materia de intangibles, financiamiento del grupo, así como su posición financiera y fiscal de sus integrantes.

Cronograma de Vencimiento del Reporte Maestro

La Declaración Jurada Informativa Reporte Maestro, deberá ser presentada acorde al cronograma de vencimientos que se apruebe para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual correspondientes al período tributario setiembre del ejercicio gravable siguiente al que corresponda la declaración.

En caso del ejercicio 2020, la declaración Reporte Maestro vencería en octubre de 2021, en cuanto a las fechas estas dependen del último dígito de RUC del contribuyente, siguiendo lo que señala SUNAT mediante Resolución de Superintendencia. Sunat Reporte Maestro.

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