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Nuevo formulario 2668: se reemplaza el formulario 743

Las obligaciones formales de precios de transferencia en Argentina han sido modificadas en el último año 2020, mediante Resolución General 4717/2020 emitida por AFIP, en la cual se regula la nueva documentación de precios de transferencia con la que deberá contar el contribuyente y el nuevo formulario de declaración jurada (F 2668) en la materia que tendrá que declarar.

Cabe considerar que antes de dicha modificación, para períodos fiscales cerrados anteriores al 31 de diciembre de 2018, el contribuyente sujeto a normas de precios de transferencia debía presentar el formulario de declaración jurada F 743, de operaciones internacionales, y el formulario 4501 con el estudio de precios de transferencia.

En base a ello, el presente artículo tiene como finalidad dar a conocer los principales aspectos del nuevo formulario de declaración jurada – F 2668.

Régimen de Información Formulario F2668

Acorde al artículo 47 de la R.G N°4717/2020, deberán presentar el régimen de información Formulario F.2668, los contribuyentes residentes en Argentina cuando:

  • Realicen operaciones con sujetos vinculados.
  • Realicen transacciones con sujetos domiciliados constituidos o ubicados en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.

Siempre que hubieran estado obligados, en alguno de los dos últimos períodos fiscales anteriores al que se deba informar, a la presentación de la declaración de operaciones internacionales o precios de transferencia que señalaba la R.G 1.122, es decir al formulario 743.

Declaración de Operaciones Internacionales

Como se señaló anteriormente, la declaración de operaciones internacionales sujetas a precios de transferencia se realizaba mediante Formulario F.743, no obstante con la nueva resolución emitida por AFIP esta se deberá presentar a través del F. 2668.

Sin embargo, a diferencia del anterior formulario en este también se podrá declarar las importaciones y exportaciones llevadas a cabo con partes independientes. La obligatoriedad del Formulario F.2668 para informar estas operaciones dependerá del monto de transacciones internacionales, tal como se detalla a continuación:

  • En caso de importaciones y exportaciones con independientes el monto de transacciones deberá superar en su totalidad la suma de $10.000.000.
  • En caso de operaciones bajo el ámbito de precios de transferencia, cuando la suma total de estas supere en un periodo fiscal, los $3.000.000 o individualmente los $300.000.

Forma de Presentación del Formulario 2668 por Operaciones Internacionales

La presentación de esta declaración se realizará mediante el sitio web de AFIP, en la opción de servicio “Operaciones Internacionales y Precios de Transferencia”, para lo cual el contribuyente deberá contar con su Clave Fiscal.

Formulario F.2668 y el Estudio de Precios de Transferencia

Aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a presentar el Estudio de Precios de Transferencia deberán presentarlo adjunto al Formulario 4501, este último se tendrá que presentar embebido en el formulario de declaración jurada F. 2668.

Plazo de Presentación del Formulario 2668

Tanto el Estudio de Precios de Transferencia como el formulario, deberá ser presentado hasta el sexto mes posterior al de su cierre, de acuerdo a su último dígito de CUIT.

No obstante, de acuerdo a la Disposición Transitoria de la RG 4717/2020, tanto el Formulario 2668, el Estudio de Precios de Transferencia y el “Informe Maestro”, correspondiente a los periodos cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 hasta el 30 de abril de 2020, se presentarán teniendo en consideración las siguientes fechas:

  • De diciembre 2018 a mayo de 2019, en junio de 2020.
  • De junio de 2019 a noviembre de 2019, en agosto 2020.
  • De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020.

Sanción por Incumplimiento

La falta de presentación de la declaración genera una multa, la cual según el según el artículo 38 del Código Tributario de Argentina, de entre $10.000 y $20.000 pesos.

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