Empresas y personas pagarán impuestos únicos en marzo
Se recuerda el vencimiento de plazo para pago de impuestos únicos en el mes de marzo en Ecuador.
Los Precios de Transferencia en Ecuador se encuentran regulados en su Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno o LORTI. A continuación, se mostrará una breve mirada a la normativa de precios de transferencia en este país, en cuanto a sus definiciones, supuestos de vinculación, obligados a la declaración jurada informativa y al informe integral, así como las sanciones respectivas.
A medida que el mundo globalizado avanza, las operaciones intercompany se han vuelto cada vez más repetitivas y con ello han tomado una mayor importancia los temas vinculados a precios de transferencia.
De acuerdo al artículo innumerado posterior al artículo 15 de la LORTI se establece el principio de plena competencia de la siguiente manera:
“Para efectos tributarios se entiende por principio plena competencia aquel por el cual, cuando se establezcan o impongan condiciones entre partes relacionadas en sus transacciones comerciales o financieras, que difieran de las que se hubieren estipulado con o entre partes independientes, las utilidades que hubiere sido obtenidas por una de las partes de no existir dichas condiciones pero que, por razón de la aplicación de esas condiciones no fueron obtenidas, serán sometidas a imposición” – Artículo agregado por Art. 78 de Decreto Legislativo No. 000.
Este principio también denominado como “Principio de Arm’s Length” tiene como fundamento que los precios pactados entre partes relacionadas sean consistentes a los que hubiesen pactado empresas independientes.
Acorde a lo establecido en la LORTI, se entiende como partes relacionadas a la personas naturales o sociedades, en las que:
Según el Artículo 85 del RLRTI, para determinar los precios de las operaciones entre partes relacionadas, que, reflejen en el principio de plena competencia, se puede utilizas cualquiera de los siguientes métodos:
Acorde a la Sección Segunda de la LORTI para determinar si una operación es comparable se deberá tener en consideración, los siguientes criterios:
La legislación ecuatoriana en materia de precios de transferencia prevé dos tipos de obligaciones formales, a fin de que se demuestre que los precios acordados entre partes relacionadas se encuentran acorde al principio de plena competencia.
De acuerdo al artículo 84 del RLRTI y del artículo segundo de la Resolución NAC-DGERCGC15-00000455, publicada en mayo de 2015, reformada por la por la NAC-DGERCGC23-00000025, los contribuyentes que hayan realizado transacciones con partes vinculadas que superen los umbrales establecidos en esta, estarán obligados a presentar determinados documentos (como es el caso del Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas), así como de corresponder el Informe de Precios de Transferencia.
Acorde a las normas señaladas, los contribuyentes que mantengan, durante un ejercicio fiscal, transacciones con partes relacionadas por un monto mayor a tres millones de dólares americanos, se encontrarán obligados a presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas.
Dicho Anexo deberá ser llenado teniendo en cuenta las consideraciones señaladas en la Ficha Técnica publicada por el SRI (actualmente en su versión 8 de noviembre del 2023), la cual describe aspectos del contenido de este, tales como información relacionada al contribuyente, a sus partes vinculadas y el detalle de las operaciones realizadas.
Se encontrarán obligados a presentar adicionalmente al Anexo, el Informe Integral de Precios de Transferencia (Estudio), aquellos contribuyentes cuyos montos por operaciones con partes vinculadas superan los 15 millones de dólares americanos, durante un mismo ejercicio fiscal.
El referido Informe deberá ser presentado siguiendo las especificaciones contenidas en la Ficha Técnica para la Estandarización del Análisis de Precios de Transferencia.
Tanto el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas como el Informe Integral, se deberán presentar en un plazo que no exceda los dos (2) meses después de la presentación de la DJ Anual de Renta, conforme el último dígito del RUC.
Si el noveno dígito de RUC es | Fecha de vencimiento de la Declaración de la Renta (hasta el día) | Fecha de vencimiento de la Declaración de Precios de Transferencia (hasta el día) |
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1 | 10 de marzo 2024 | 10 de mayo 2024 |
2 | 12 de marzo 2024 | 12 de mayo 2024 |
3 | 14 de marzo 2024 | 14 de mayo 2024 |
4 | 16 de marzo 2024 | 16 de mayo 2024 |
5 | 18 de marzo 2024 | 18 de mayo 2024 |
6 | 20 de marzo 2024 | 20 de mayo 2024 |
7 | 22 de marzo 2024 | 22 de mayo 2024 |
8 | 24 de marzo 2024 | 24 de mayo 2024 |
9 | 26 de marzo 2024 | 26 de mayo 2024 |
0 | 28 de marzo 2024 | 28 de mayo 2024 |
Informes | Corresponde |
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Declarar que existen operaciones con relacionadas en las casillas correspondientes del formulario de la declaración del impuesto a la renta | Si la Compañía presenta transacciones con vinculadas independientemente del monto de estas. |
Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas |
Operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000.000,00). |
Informe Integral de Precios de Transferencia |
Si el monto es superior a diez millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000.000,00). |
La Normativa Tributaria señala que los contribuyentes que realicen transacciones con partes vinculadas se encuentran fuera del ámbito del régimen de precios de transferencia en el caso que:
Si bien Ecuador no forma parte de los países miembros de la OCDE, sigue como referencia técnica para lo dispuesto en la legislación de precios de transferencia, a las “Directrices en Materia de Precios de Transferencia a Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias” aprobadas por esta organización, vigentes al 1 de enero del período fiscal correspondiente.
Las normas de precios de transferencia prevén una sanción en caso de no presentar el Informe de Precios de Transferencia o el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas, así como si son declaradas con forma inexacta.
De acuerdo a la LORTI, y el RLRTI en sus Artículos 22º y 84 respectivamente, la infracción comentada será sancionada con una multa de hasta 15 mil dólares americanos.
Se recuerda el vencimiento de plazo para pago de impuestos únicos en el mes de marzo en Ecuador.
El Servicio de Rentas Internas de Ecuador extingue las obligaciones tributarias a determinados contribuyentes.
El evento “Buenas prácticas de oficinas tributarias de grandes empresas en LATAM” tuvo sede en Ecuador el miércoles pasado.
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